martes, 14 de agosto de 2012

FENÓMENOS SOCIETARIOS



v  ENTIDADES ENCARGADAS DE VIGILAR Y CONTROLAR LAS SOCIEDADES COMERCIALES:

·         SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO:

*     Misión:
§      Apoya el fortalecimiento de los procesos de desarrollo empresarial y los niveles de satisfacción del consumidor colombiano.
§      Reconoce los derechos de propiedad industrial.
§      Propicia adecuada prestación de registro público cuyo encargado es la Cámara de Comercio.
§      Vigila el cumplimiento de los derechos de los consumidores.
§      Aplica normas de competencia y  mantiene patrones  para garantizar nivel metro lógico en agentes económicos.

*     Funciones:
§      Velar por la observancia sobre prácticas comerciales restrictivas y competencia desleal.
§      Organizar y administrar el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Meteorología.
§      Controla y vigila Cámaras de Comercio, federaciones y confederaciones.
§      Administrar  control industrial de calidad, pesas, medidas y metrología.
§      Integrar y actualizar la lista de evaluadores de bienes.
§      Coordina lo relacionado con el registro público.
§      Organizar laboratorios de control de calidad y metrología.
§      Inspeccionar, controlar y vigilar  entidades de certificación de firmas digitales.
§      Revisar decisiones de operadores telefónicos sobre quejas, reclamos, etc.
§      Administrar el Sistema Nacional de Propiedad Industrial.
§      Asesorar  Gobierno en  formulación de políticas con propiedad industrial, protección del consumidor y promoción competencia.
§      Fomentar la calidad en los bienes y servicios.
§      Velar por la observancia de las disposiciones sobre protección del consumidor.

·         SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES:
Organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señala la Ley en relación con otras personas jurídicas o naturales.
*     Misión:
§      Ejercer las funciones de supervisión y las funciones jurisdiccionales sobre el sector real de la economía y demás personas determinadas por  la ley.
§      Atender la insolvencia, resolver los conflictos empresariales, los trámites societarios y expedir y divulgar la doctrina jurídica y contable.
§      Contribuir a la preservación del orden público económico, aplicando los principios de transparencia y buen gobierno propios del estado social de derecho.

*     Funciones:
§      Ordenar la inscripción de acciones cuando la sociedad se niegue a realizarlo.
§      Decretar liquidación y ordenar liquidación en los casos que la ley determine estatutos.
§      Ordenar rectificación de estados financieros.
§      Ordenar la suspensión de actividades que no estén dentro del objeto social
§      Ordenar la modificación de las clausulas estatutarias cuando no se ajusten a la ley.
§      Ordenar remoción de administradores, revisor fiscal y empleados.