Contabilidad & Finanzas 295992
lunes, 3 de diciembre de 2012
lunes, 20 de agosto de 2012
domingo, 19 de agosto de 2012
martes, 14 de agosto de 2012
FENÓMENOS SOCIETARIOS
v
ENTIDADES ENCARGADAS DE VIGILAR Y
CONTROLAR LAS SOCIEDADES COMERCIALES:
·
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO:
Misión:
§ Apoya el
fortalecimiento de los procesos de desarrollo empresarial y los niveles de
satisfacción del consumidor colombiano.
§
Reconoce
los derechos de propiedad industrial.
§
Propicia
adecuada prestación de registro público cuyo encargado es la Cámara de Comercio.
§
Vigila el
cumplimiento de los derechos de los consumidores.
§
Aplica
normas de competencia y mantiene
patrones para garantizar nivel metro
lógico en agentes económicos.
Funciones:
§
Velar por
la observancia sobre prácticas comerciales restrictivas y competencia desleal.
§
Organizar
y administrar el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Meteorología.
§
Controla
y vigila Cámaras de Comercio, federaciones y confederaciones.
§
Administrar control industrial de calidad, pesas, medidas
y metrología.
§
Integrar
y actualizar la lista de evaluadores de bienes.
§
Coordina
lo relacionado con el registro público.
§
Organizar
laboratorios de control de calidad y metrología.
§
Inspeccionar,
controlar y vigilar entidades de
certificación de firmas digitales.
§
Revisar
decisiones de operadores telefónicos sobre quejas, reclamos, etc.
§
Administrar
el Sistema Nacional de Propiedad Industrial.
§
Asesorar Gobierno en
formulación de políticas con propiedad industrial, protección del
consumidor y promoción competencia.
§
Fomentar
la calidad en los bienes y servicios.
§
Velar por
la observancia de las disposiciones sobre protección del consumidor.
·
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES:
Organismo técnico, adscrito al
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía
administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la
República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades
mercantiles, así como las facultades que le señala la Ley en relación con otras
personas jurídicas o naturales.
Misión:
§
Ejercer
las funciones de supervisión y las funciones jurisdiccionales sobre el sector
real de la economía y demás personas determinadas por la ley.
§
Atender
la insolvencia, resolver los conflictos empresariales, los trámites societarios
y expedir y divulgar la doctrina jurídica y contable.
§
Contribuir
a la preservación del orden público económico, aplicando los principios de
transparencia y buen gobierno propios del estado social de derecho.
Funciones:
§
Ordenar
la inscripción de acciones cuando la sociedad se niegue a realizarlo.
§
Decretar
liquidación y ordenar liquidación en los casos que la ley determine estatutos.
§
Ordenar
rectificación de estados financieros.
§
Ordenar
la suspensión de actividades que no estén dentro del objeto social
§
Ordenar
la modificación de las clausulas estatutarias cuando no se ajusten a la ley.
§
Ordenar
remoción de administradores, revisor fiscal y empleados.
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